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Villa La Angostura: integrantes de una comunidad mapuche acusados por turbar la posesión de un predio

Se trata de actos que “restringieron el ejercicio del derecho de la posesión de un inmueble” ubicado en Villa La Angostura por parte de sus propietarios.

Recientemente, el fiscal del caso Adrián de Lillo formuló cargos a dos personas, a las que acusó realizar los actos de turbación que “restringieron el ejercicio del derecho de la posesión de un inmueble” ubicado en Villa La Angostura por parte de sus propietarios.

A su vez, a una de esas personas le imputó el intento de robo de un teléfono, con el que una de las víctimas había filmado lo ocurrido.

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Juzgado de Villa La Angostura

Juzgado de Villa La Angostura

Sobre el hecho ocurrido en Villa La Angostura

Los hechos detallados por el fiscal ocurrieron el 3 de febrero pasado. Cerca de las 17, un grupo de profesionales se encontraba en el lugar por encargo de los propietarios del lugar, para realizar tareas de “replanteo” de cara a la construcción de un centro de educación ecuestre terapéutico. En este contexto, De Lillo Precisó que mientras colocaban estacas y cintas demarcatorias, se acercó un grupo de mujeres y varones integrantes de una comunidad mapuche. En particular, se identificó a J.D.C y D.A.O, quienes comenzaron a ejecutar actos intimidatorios, para luego retirar las estacas y cintas.

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“De esta forma, mediante los actos de turbación, los acusados restringieron el ejercicio del derecho de la posesión del inmueble de los propietarios, lo que motivó además que el grupo se retire del lugar", sostuvo el fiscal a cargo del caso.

Por otra parte, el representante del Ministerio Público Fiscal le atribuyó a D.A.O haber intentado sustraer el celular con el que uno de los profesionales filmó lo ocurrido, no pudiendo concretarlo debido a que la víctima forcejeó y logró recuperar el dispositivo.

Asimismo, De Lillo encuadró los hechos en los delitos de turbación, en calidad de coautores (artículos 181, tercer párrafo; y 45 del código penal); en concurso real con robo, en grado de tentativa y en calidad de autor respecto de D.A.O (artículos 42, 45 y 164 del código penal).