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Trabajan en la promoción y reglamentación de la lengua Mapuche en Bariloche

La Municipalidad a través del Ejecutivo y el Concejo Municipal trabajan en la reglamentación de los artículos de la Ordenanza 2993-CM-18 que establece la creación del Programa de Revalorización de la Cultura y el Idioma Mapuche (Mapuzungun). Con esto se busca un ordenamiento y una mejor promoción de la ancestral lengua.

Es importante mencionar que el art. 210 de la Carta Orgánica Municipal determina en su inc 2) que la Municipalidad de San Carlos de Bariloche garantiza el respeto a su identidad y promueve el derecho a una educación bilingüe e intercultural que contribuya a preservar y fortalecer sus pautas culturales, su lengua y cosmovisión.

La edil Cristina Painefil mencionó que “nosotros desde nuestra gestión hemos tratado que la Interculturalidad sea transversal a las cosas que hacemos, siempre tratando de generar consensos”.

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“Entendemos, yo sobre todo por mi pertenencia étnica y cultural, que la mejor manera de fortalecer a las comunidades originarias es la recuperación de la cosmovisión”, dijo Painefil al tiempo que remarcó que “no hay cosmovisión sin el idioma”.

La concejal de nuestra ciudad continuó explicando que el idioma “es indispensable dentro de la cultura” porque “todo lo que tiene que ver con nuestra cultura, está relacionado con el habla”.

En este sentido se resolvió reglamentar los los artículos 3º y 6º de la Ordenanza 2993-CM-18 dejando establecido que para la procedencia de la contratación de los profesores de idioma y cultura deberán observarse los siguientes requisitos:

a) Cada comunidad y/u Organización del Pueblo Mapuche, a través de sus autoridades vigentes, conforme la documentación pertinente, deberá ingresar una nota por ante la Mesa de Entradas Nro 1 ubicada en el Centro Cívico, en la cual solicitará el contrato para las profesores que designen, debiendo acompañar copias de los documentos nacional de identidad, constancia de domicilio actualizado; títulos y/o capacitaciones de los profesores.-

b) Deberán adjuntar asimismo, el proyecto a desarrollar con horarios, días y lugar donde se desarrollarán las actividades.

c) De acuerdo a la Ordenanza Nº 2883-CM-17 y para validar la contratación, se requiere de la presentación de la siguiente documentación: Para las Comunidades: copia de  Personería Jurídica y de la inscripción el en registro de Organizaciones y Comunidades de Pueblos Originarios; y las Organizaciones deberán acreditar su formación, trayectoria y aval de los integrantes de la misma.

Asimismo se deja establecido que los materiales didácticos necesarios para el desarrollo del programa, serán brindados por un importe equivalente de hasta doce (12) horas cátedras totales, por única vez en cada ciclo lectivo. Dicha suma se entregará como “Cargo a rendir” a nombre del responsable del curso, debiendo cumplimentar las normas relativas a la rendiciones.

La Secretaría de Desarrollo Social, Cultural y Deportivo a través de la Subsecretaría de Cultura o quien en su futuro la reemplace, será la responsable de canalizar la contratación de los profesores y personal a través de los procedimientos habituales de contratación, dejando establecido que la carga horario de los mismos será de hasta doce (12) horas mensuales para cada profesor/tallerista mediante el sistema de hora cátedra.

Se contemplará dos posibles ciclos lectivos: del 01/03 al 31/12 o del 01/09 al 31/05, debiendo especificar en cada proyecto la elección por parte de los interesados y las posibilidades de concurrencia de los alumnos. Para acceder a esta contratación se deberá cumplir con todos los requisitos que determina la administración pública municipal.

Por su parte las Comunidades y/u Organizaciones Mapuches, como contraprestación al apoyo recibido por el Estado municipal, deberán indefectiblemente realizar actividades relacionadas a la lengua y cultura mapuche, abiertas a la comunidad de San Carlos de Bariloche. Una jornada será con motivo del “Día del Respeto por la Diversidad Cultural” y la otra podrá ser destinada a colegios, juntas vecinales y/o aquellas que la Subsecretaria de Cultura les proponga a los responsables del curso, siendo condición sine qua non de la renovación de la contratación.


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