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Stefani eleva un proyecto de Ordenanza Habitacional

El intendente Fabio Stefani ingresará este jueves al concejo deliberante un proyecto de Ordenanza Habitacional con aportes de los ediles

Luego de diversas reuniones y consensos llevados adelante con los concejales, vecinos y representantes de Asociaciones intermedias, en conjunto con el Secretario del Interior y Gobiernos Locales Osvaldo Llancafilo, Fabio Stefani ingresará este jueves un nuevo proyecto de Ordenanza Habitacional y de Acceso al Suelo Urbano al Concejo Deliberante.

Desde el seno de ejecutivo señalaron que el proyecto contempló aportes que hicieron distintos concejales.

En la misma línea, el intendente Stefani dialogó con autoridades del IPVU de provincia que avalaron el marco normativo propuesto para la aplicación de un plan que posibilite el acceso al suelo urbano y contemple medidas ante la situación habitacional que atraviesa Villa La Angostura.

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A partir de su aprobación, la Provincia y el municipio pondrán a disposición de la comisión de tierras las distintas alternativas que a mediano y largo plazo avancen en la ejecución de loteos y soluciones soluciones habitacionales considerando los inscriptos en el RUPROVI , tal como lo expresa el artículo 6to "No podrán acceder bajo ningún concepto a las soluciones habitacionales aquellos vecinos que se encuentren incurriendo en una acción directa o indirecta de ocupación ilegal de tierras"

El proyecto, al que tuvo acceso Diario 7 Lagos, refleja en el artículo 4 que el concejo deliberante será quien apruebe las gestiones de adquisición, administración y enajenación con las que avance el Ejecutivo municipal

En su primer artículo el proyecto de ordenanza establece que "autoriza al departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas y cada una de las gestiones tendientes a la adquisición, administración y enajenación de bienes del dominio municipal para la realización de bienes inmuebles que aporten a la solución habitacional y de acceso al suelo urbano conforme a lo establecido en el Título VII “Espacio Urbano y Tierras Fiscales” Art. 65 al 74 y en el Art. 95 incisos 29 y 48 de la Carta Orgánica Municipal"

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Stefani ingresa este jueves un nuevo proyecto de Ordenanza Habitacional y de Acceso al Suelo Urbano

Stefani ingresa este jueves un nuevo proyecto de Ordenanza Habitacional y de Acceso al Suelo Urbano

Por otro lado se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal "a crear la cuenta denominada Fondo Habitacional que tendrá afectación presupuestaria específica para lograr soluciones habitacionales y de acceso al suelo"

La Comisión de Tierras participará, conforme a la Ordenanza 2777/13, "con el objetivo principal de fiscalizar y dar transparencia a las acciones que lleve adelante el Departamento Ejecutivo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1°"

Asimismo "las gestiones que se autoriza a llevar adelante al Departamento Ejecutivo en el artículo 1° deberán ser aprobadas por este Concejo Deliberante.

En el artículo 5, establece que "el Departamento Ejecutivo Municipal podrá suscribir los convenios respectivos con el ADUS, IPVU, y con el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación, o al organismo que en el futuro lo reemplace, con el fin de que nuestra localidad ingrese a las políticas públicas provinciales y nacionales relativas a mejoramientos habitacionales, planes de viviendas sociales y todas aquellas acciones que tiendan a solucionar el déficit habitacional, que deberán ser remitidos a éste Concejo Deliberante para su tratamiento conforme a lo establecido en el art. 95 inciso 43."

Y el artículo sexto es clave en relación a los vecinos que podrán acceder a las soluciones propuestas en el marco de esta nueva Ordenanza Habitacional: "la presente ordenanza no avala asentamientos ilegales ni usurpaciones de inmuebles públicos o privados dentro el ejido municipal. No podrán acceder bajo ningún concepto a las soluciones habitacionales aquellos vecinos que se encuentren incurriendo en una acción directa o indirecta de ocupación ilegal de tierras, conforme a lo establecido en el artículo 7° inciso b de la Ley Provincial N° 2639."