El intendente Fabio Stefani presentó este martes a primera hora un proyecto que busca declarar la Emergencia Habitacional por el plazo de un año en Villa La Angostura.
Stefani envió al Concejo un proyecto de Declaración de Emergencia Habitacional
La tensa situación con los vecinos del acampe, devenida en toma de tierras, a partir de las edificaciones que se están llevando a cabo en el predio del ISSN, sumado al déficit histórico en materia habitacional, llevaron al intendente a avanzar en un proyecto que busca el acompañamiento del Concejo Deliberante local.
Stefani delineó junto con su equipo de trabajo, el proyecto que hoy a primera hora acercó al Presidente del Concejo donde uno de los ejes principales hace foco en que “no podrán acceder bajo ningún concepto a las soluciones habitacionales aquellos vecinos que incurran en asentamientos ilegales ni usurpaciones”
Según el Proyecto al que tuvo acceso Diario 7 Lagos se busca que el Ejecutivo pueda crear la cuenta llamada Fondo de Emergencia Habitacional “que tendrá afectación presupuestaria específica para la utilización en el marco de la duración de esta Emergencia a los fines de lograr soluciones habitacionales”.
De esta manera el Ejecutivo Municipal estará autorizado “a realizar adquisiciones, administrar y enajenar bienes del dominio municipal para la realización de bienes inmuebles que aporten a la solución de la problemática habitacional planteada y regularizar la condición dominial de los lotes ya existentes a fin de garantizar la titularidad de los mismos”
Se impulsa además la creación de “una comisión integrada por miembros del Concejo Deliberante, donde se mantenga la representativad del cuerpo; cuya función será supervisar y brindar apoyo al Departamento ejecutivo municipal en la implementación de las acciones que se llevaran adelante para enfrentar la Emergencia Habitacional declarada por la presente ordenanza”
La Secretaría de Planeamiento, Infraestructura, Medio Ambiente y Fiscalizaciones, deberá remitir un informe a este Concejo Deliberante, detallando todos los inmuebles de propiedad municipal, que se encuentren en condiciones de ser vendidos en los términos del Artículo 180 de la Carta Orgánica Municipal.
Otro punto importante es la autorización al Ejecutivo Municipal para “suscribir los convenios respectivos con el ADUS, IPVU, y con el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación con el fin de que nuestra localidad ingrese a las políticas públicas provinciales y nacionales relativas a mejoramientos habitacionales, planes de viviendas sociales y todas aquellas acciones que tiendan a solucionar el déficit habitacional”.