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San Martín de los Andes: dos acusados por caza ilegal

Los dos hombres fueron imputados por la caza ilegal de animales en un centro ganadero ubicado en San Martín de los Andes.

En una audiencia de formulación de cargos realizada ayer, el asistente letrado Ignacio Oyuela acusó a dos hombres, A.A.L y A.G.A, por la caza ilegal de animales en un centro ganadero ubicado en ruta Nacional 40 intersección con la ruta Provincial 49 en San Martín de Los Andes. La fiscalía le atribuyó el delito de infracción al artículo 24 de la Ley 22.421, en calidad de coautores.

Durante la audiencia y tras detallar la acusación, Oyuela prestó conformidad para la aplicación de la suspensión de juicio a prueba presentada por la defensa. La misma es por el plazo de un año, a los fines de resolver el conflicto primario y teniendo en cuenta que los acusados no tienen antecedentes penales.

Ambos imputados deberán fijar domicilio y en caso de mudarse, formarlo con anticipación, y tampoco podrán ingresar al predio en el que sucedió el hecho ni tener contacto con el dueño. Además, tendrán que reportarse al ámbito de población judicializada, no cometer nuevos delitos y ceder los elementos secuestrados al Estado.

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Además, y en concepto de reparación por el daño provocado a la sociedad, A.A.L y A.G.A deberán abonar una suma de dinero a la cooperadora del Hospital Ramón Carrillo de San Martín de los Andes.

De acuerdo con la investigación del Ministerio Público Fiscal, los hechos ocurrieron la noche del 7 de mayo de 2021. Aproximadamente las 22:15, los dos hombres realizaron una caza de animales de la fauna silvestre y, producto de esa actividad, al menos un jabalí fue hallado muerto en un centro ganadero ubicado en ruta nacional 40 intersección con la ruta Provincial 49. El asistente letrado explicó que ninguno contaba con la autorización del propietario del lugar.

El juez de garantías hizo lugar al pedido de las partes y otorgó la suspensión de juicio a prueba en todos sus términos. Además, el magistrado les hizo saber que en caso de ser investigados por otro caso, no podrán acceder nuevamente a este beneficio, ya que el mismo se aplica una vez cada ocho años.

La suspensión de juicio a prueba es una medida que se aplica en casos en los que los delitos que se imputan, tienen pena en expectativa menor a tres años y cuando los acusados no tienen antecedentes penales.