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San Martín: Condenan e inhabilitan a efectivo policial por manosear a una menor durante una requisa

Por pedido del fiscal del caso Maximiliano Bagnat un tribunal impuso tres años de prisión de cumplimiento condicional a M.G.P. El hombre, que es efectivo policial, fue declarado responsable por violación a los deberes y abuso durante una requisa en la localidad cordillerana de San Martín de los Andes.

 

El delito por el cual el imputado fue declarado responsable el 18 de octubre de 2018 y por el cual el fiscal del caso solicitó que se le imponga la pena es: violación de los deberes de funcionario público, en concurso ideal con abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por personal perteneciente a las fuerzas policiales en ocasión de sus funciones, en calidad de autor (artículos 248, 119 quinto párrafo, 54 y 45 del Código Penal).

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Luego de recibir dos testimonios en el juicio de cesura, un tribunal colegiado integrado por los jueces Juan Pablo Valderrama, Diego Chavarría Ruiz y Mario Rodríguez Gómez, avaló lo solicitado por el fiscal del caso por unanimidad. De esta manera, condenó al acusado a la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional.

 

En la sentencia que adelantaron ayer luego de concluida la recepción de la prueba y los alegatos de las partes en la audiencia de determinación de la pena, los magistrados resolvieron por mayoría, inhabilitar al efectivo policial para ejercer cargos públicos puntualmente en la Policía de Neuquén.

 

El hecho por el cual el imputado fue declarado responsable y por el cual se le impuso la pena fue que el 12 de noviembre de 2017 en la ciudad de San Martin de los Andes, en las inmediaciones del edificio de Parques Nacionales frente a la plaza principal y en su carácter de empleado policial, M.G.P violó los deberes estipulados y abusó sexualmente de la adolescente que en ese momento era menor de edad. Lo hizo siendo autoritario e intimidatorio en el cumplimiento de sus funciones.

 

En el marco de un procedimiento policial le realizó una requisa personal y cuando la víctima se encontraba inmovilizada frente a la pared, procedió a manosearla. De acuerdo a la legislación, las requisas sólo deben ser realizadas cuando exista razón suficiente, previa invitación a la persona para que exhiba los objetos en presencia de testigo y mediante personal femenino en caso de ser mujer la persona revisada.

 

La sentencia completa será remitida electrónicamente a las partes dentro del plazo legal de cinco días hábiles.