Profundo debate en Río Negro por el caso de un hombre que fue despedido luego de haber faltado a trabajar nueve veces en un mes, según su testimonio creyó que sus jefes le habían aprobado sus pedidos ya que al dar aviso le respondían con un emoji (pulgar hacia arriba). La Justicia de Río Negro también falló en su contra.
Río Negro: Polémica por el despido de un empleado
Un hombre notificaba sus ausencias vía WhatsApp y recibía un emoji como respuesta. Lo despidieron y recurrió a la justicia. Conocé el fallo
El tribunal rionegrino falló a favor de la empresa luego de determinar que la utilización de emojis en las comunicaciones digitales “es muy limitada y relativa” por lo que el emoji -ya sea para aprobar o rechazar- debería estar respaldado por algún otro medio de prueba que aclare lo que ha querido expresar.
El protagonista de la historia alegó que sus ausencias en el trabajo estaban justificadas “porque la empresa respondió con el clásico pulgar hacia arriba de la plataforma de WhatsApp”. Sin embargo, el STJ de Río Negro hizo caso omiso a su defensa.
Fuentes judiciales revelaron que desde el máximo tribunal de Río Negro también explicaron que el uso de los emojis “no es un signo inequívoco que exteriorice una manifestación de voluntad”. En consecuencia, como resultado de las pruebas se habilitó a la empresa para que proceda al despido del empleado, quien había incurrido en nueve inasistencias a sus jornadas laborales durante un mes.
Los jueces reiteraron que el emoji garantizaba la recepción del mensaje, pero no podía interpretarse como una aprobación o conformidad con la comunicación recibida.
El fallo de la Justicia luego de una primera instancia favorable para el empleado
Cuando la empresa promovió el proceso para despedir con justa causa al empleado, la Cámara Laboral de Viedma rechazó esa demanda y consideró “desmedida la sanción, al entender que se había prestado conformidad a la justificación alegada por el trabajador a través del emoji del pulgar”.
Pese a ese fallo en primera instancia que se ponía en favor del empleado despedido, el Superior Tribunal de Justicia tomó el caso y rectificó la decisión que habían tomado desde la Cámara Laboral de la capital de Río Negro para pasar a darle la razón a la empresa.
El tribunal integrado por Ricardo Apcarian, María Cecilia Criado, Sergio M. Barotto, Sergio G. Ceci y Liliana Laura Piccinini analizó el alcance que tuvieron los emojis y sostuvo que “su interpretación es subjetiva y puede variar según la cultura y, fundamentalmente, depende del contexto en el que se utilice”.
“En la medida que su interpretación puede fluctuar según el contexto y la percepción del receptor, estos íconos no constituyen en sí una expresión de manifestación de voluntad con efectos jurídicos vinculantes”, explicaron los jueces en la sentencia.
En ese contexto, remarcaron que el emoji del pulgar hacia arriba solo implicaba una constancia de recepción y de ninguna manera se pudo interpretar como una aprobación o conformidad con la comunicación recibida. De esta manera, fue habilitado el despido con causa.