El bloque del PRO presentó un proyecto para modificar el artículo 1º de la ley Nº 859 que fija el régimen especial de jubilaciones y pensiones para magistrados y funcionarios judiciales, con el objetivo de evitar que se acojan a los beneficios de esa ley quienes hayan sido removidos de sus funciones por mal desempeño o comisión de delitos a través de juicio político, jurado de enjuiciamiento o sumario como así también quienes hayan renunciado al cargo durante la sustanciación de alguno de esos procesos.
Quieren que los magistrados y funcionarios removidos por mal desempeño no acceden al beneficio especial jubilatorio
Los fundamentos señalan que la Ley Nº 859 establece un régimen especial de jubilaciones y pensiones para magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la provincia, desde juez del Tribunal Superior de Justicia hasta secretarios de Primera Instancia inclusive, que contempla el 82% móvil, entre otros beneficios.
En otro tramo, indican que “toda vez que la Ley 1.282, la cual contempla el beneficio jubilatorio especial para los funcionarios políticos que hayan ejercido o ejercieren cargos de carácter electivo en el Estado provincial y de los municipios adheridos al régimen previsional de la ley 611 y hayan tenido una antigüedad en el cargo no menor de un año continuo o dos años discontinuos, remite a la ley provincial 859, queda establecido que las limitaciones o pérdidas de beneficios también incluyen a dichos funcionarios”.
El proyecto de ley –Nº 11.333- ingresó por mesa de entradas el 21 de diciembre con las firmas de los diputados Carolina Rambeaud, Damián Canuto, Juan Monteiro, Oscar Smoljan y Ayelén Quiroga.