Actualidad Villa La Angostura |

Qué está permitido hacer y qué no en las próximas 72 horas

No hay cambios respecto del decreto vigente, se trata de una extensión de las restricciones por 72 horas.

A saber:

  1. La restricción del horario de circulación vehicular y de personas  de 20:00 a 09:00 hs.
  2. Cierre de todos los locales comerciales.
  3. Se exceptúa la provisión de alimentos,  productos y servicios de primera necesidad  en el horario de 09:00 hs a 19:00 hs: supermercados, almacenes, despensas, kioscos, panaderías, carnicerías, fruterías, verdulerías, gomerías  y servicios de mensajería
  4. Se habilita la apertura de locales gastronómicos únicamente bajo la modalidad de “para llevar”  en el horario de 9:00 a 20:00 hs. y “delivery” en el horario de 9:00 a 21:00 hs.
  5. Las farmacias permanecerán abiertas, realizando atención únicamente por ventanilla, en horario de 09:00 Hs a 19:00 hs. y fuera de ese rango horario de acuerdo al cronograma de guardias.
  6. Se suspenden todas las actividades habilitadas hasta la fecha: recreativas, deportivas, sociales, familiares, religiosas, en espacios públicos y talleres.  
  7. Se cierra en forma preventiva todas las instituciones y empresas de la localidad.
  8. Queda exceptuada la circulación mínima, solo para el personal esencial.
  9. La circulación se encontrará custodiada por las autoridades policiales y de Gendarmería Nacional.
  10. El ingreso y egreso al ejido municipal queda cerrado preventivamente hasta las 23:59 hs. del 20 de Setiembre sin que ello interfiera en la libre circulación de vehículos en tránsito a otras localidades por ruta Nacional N°40 sin descenso en la localidad de Villa La Angostura.
  11. Se exceptúa el ingreso y egreso al ejido para el abastecimiento esencial y personal esencial que desarrolla actividad en nuestra localidad.
  12. El servicio de transporte urbano de pasajeros se realizará respetando los protocolos sanitarios de  distanciamiento social obligatorio.

FV Jun24 790x100.gif