Politica

Proyecto de Ley para la creación de un Fondo Anticíclico Fiduciario

El Diputado Cesar Gass de Juntos por el Cambio presentó un proyecto de Ley para la creación de un Fondo Anticiclico Fiduciario como instrumento para promover el ahorro en épocas de bonanza, fomentar el desarrollo económico regional y sustentable, el desarrollo de infraestructura básica y la amortiguación de los ciclos económicos.
Este Fondo estará integrado por un porcentaje de regalías hidrocarburíferas e hidroeléctricas como así también del rendimiento financiero que se obtenga de las inversiones que realice el Fondo Anticíclico Fiduciario, a partir de enero de 2021.
El mismo prevé entre otras cosas, financiar obras de infraestructura básica y de promoción de desarrollo regional y sustentable, en el marco de un plan de inversiones elaborado por la Secretaría de Planificación y Acción para el Desarrollo (COPADE), como así también en crisis económicas excepcionales -catástrofes naturales o hechos objetivamente imprevisibles, amortiguar esos ciclos económicos minimizando sus efectos negativos.
En sus fundamentos el proyecto sostiene que “se busca cumplir con la manda constitucional en cuanto a la creación de un fondo de reserva anticíclico -artículo 150- que resguarde al erario público de las fluctuaciones de los precios internacionales de los hidrocarburos”. “La actual crisis económica desatada por el confinamiento planetario sin precedentes y por la caída de los precios internacionales del crudo por las decisiones de la OPEP, puso en evidencia no sólo la mora en el cumplimiento del mandato del constituyente sino también la importancia que hubiese tenido haberlo cumplido con dicha voluntad. De existir la herramienta que se pretende crear, existirían hoy ahorros que evitarían, aunque sea parcialmente, recurrir al endeudamiento -ya habitual- y obras de infraestructura básica -como equipamiento sanitario crítico y de conectividad que quedaron en evidencia-. Apelar a la vía del endeudamiento para financiar el gasto corriente, cabe recordar, está vedado por el artículo 148 de la Carta Magna”.


FV 790 VERMONT