La Defensoría del Pueblo y del Ambiente (DPA) urgió definiciones y formuló recomendaciones concretas frente al desborde del predio de guardas ambientales donde se acopian los Residuos Sólidos Especiales, y que presenta alto riesgo de convertirse en un foco de incendios de interfase por la acumulación de materiales combustibles.
Los Residuos Sólidos Especiales acumulados en el predio son NFU (Neumáticos Fuera de Uso), Chatarra y repuestos de vehículos, Parabrisas, Pilas y Baterías, Aceite Mineral, AVUS (Aceite vegetal fuera de uso), Residuos Línea Blanca (Electrodomésticos), RAEE (Residuos Aparatos Eléctricos y Electrónicos), colchones entre otros.
Predio Guardas ambientales: El Defensor del Pueblo advierte sobre el elevado riesgo de incendios de interfase
Esta DPA viene advirtiendo de esta situación desde noviembre de 2016, sin que a la fecha se hayan producido avances satisfactorios. Muy por el contrario, la situación se agrava mes a mes por el incremento de los acopios.
En ese sentido, la DPA solicitó a la Dirección de Protección Civil un relevamiento e informe de la situación, que resulta en un todo confirmatorio del riesgo potencial de siniestros, en un sitio que está próximo a urbanizaciones, a predios deportivos, a instalaciones del EPEN y a apenas unos cientos de metros de donde se construye el nuevo hospital regional de San Martín de los Andes.
Habiendo hecho en el día de ayer una nueva presentación al Departamento Ejecutivo, esta DPA considera conveniente dar a conocer a los medios el resultado de su informe, de los relevamientos de Protección Civil, de las conclusiones y recomendaciones formuladas en carácter de urgente.
Es entonces imprescindible asumir acciones, y entre ellas esta DPA recomienda las siguientes:
- Promover una más adecuada rotación de los materiales alojados en el predio, conforme
su naturaleza y consecuente riesgo, limitando la incorporación de nuevo desperdicios
hasta tanto se asegure periódicamente su evacuación.
- Para ello será imprescindible determinar los volúmenes o cantidades de residuos
especiales que favorezcan un manejo eficiente del predio y morigeren con ello los
riesgos potenciales, de manera de mantener tales volúmenes y/o cantidades dentro de
los parámetros adecuados mediante la rotación, todo en el marco de la Ordenanza N°
9865/13 “Programa de Reducción de Chatarra”.
- Revisar el convenio con el Poder Judicial para el depósito de vehículos secuestrados,
dado que tales automotores también deben quedar incluidos en el sistema de rotación.
- Dotar al director/a de Guardas Ambientales o a quien subrogue su cargo de la suficiente
autonomía de decisión para disponer la rotación de los materiales y su destino, sin
perjuicio de los debidos controles que tal tarea exige.
- De no ser posible la alternativa esbozada en el Punto 4 por razones de organigrama, se
debería determinar un procedimiento sumarísimo que tenga igual efecto, cual es de
disminuir los tiempos burocráticos para disponer de los materiales en el marco de su
adecuada rotación.
- Disminuya al máximo el ingreso de nuevos residuos especiales al predio, hasta tanto se
implemente el aludido plan de rotación.