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Paso Cardenal Samoré: documentación y requisitos para cruzar

A continuación, el detalle de los requisitos para aquellos que crucen de Argentina hacia Chile por el Paso Cardenal Samoré.

En la temporada estival se incrementa el número de personas que cruzan desde Argentina hacia el país vecino de Chile por el Paso Cardenal Samoré, ubicado a unos 50 kilómetros de la localidad neuquina de Villa La Angostura. Por esto, es sumamente importante tener en cuenta la documentación y requisitos necesarios para hacerlo vía terrestre.

Para entrar o salir del país por los pasos de frontera, se deben presentar uno de los siguientes documentos:

  • DNI Digital tarjeta (último ejemplar emitido por el RENAPER)
  • DNI Digital libreta celeste (último ejemplar emitido por el RENAPER)
  • Pasaporte

Documentos no son válidos:

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  • El DNI escrito a mano (tapa verde, tapa bordó y libreta celeste de niños y niñas recién nacidos)
  • La constancia de DNI en trámite
  • Los documentos deteriorados
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Paso Cardenal Samoré

Paso Cardenal Samoré

Si viaja un menor de 18 años, además del documento de viaje habilitado, necesitan autorización de acuerdo a las siguientes indicaciones:

  • Si el menor de 18 años viaja con ambos padres, estos deben acreditar el vínculo presentando Libreta Civil de Familia, o Partida de Nacimiento, o Certificado de Nacimiento (sin importar la fecha de su emisión), DNI del menor de 18, en el que consten los datos filiatorios de los padres.

  • Si el menor de 18 viaja con uno solo de sus padres, este, además de demostrar el vínculo con alguno de los documentos citados, debe acompañar la autorización del padre/madre ausente.

  • Si el o la menor es hijo o hija de menores de 18 años, necesita la autorización de los padres y el permiso de uno de sus abuelos.

Cabe mencionar que toda esta documentación debe ser presentada en original o mediante copias debidamente legalizadas o certificadas. A su vez, se informa que las autorizaciones pueden ser otorgadas por: escribanos, cónsules argentinos en el exterior, jueces competentes, autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, cónsules extranjeros en la Argentina, y jueces de paz.

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Aduana

Al salir del país, aquellas personas que crucen en automóvil, completá y presentá el formulario OM-2261 (salida y admisión temporal de vehículos - acuerdo argentino chileno) en la Aduana argentina. Además, deberán declarar los objetos que transportan como equipaje a través del formulario OM-121/A o vía carga web.

Se pueden completar los formularios antes de viajar en la Sección Viajeros de AFIP.

Al ingresar al país, deben completar la declaración de Aduanas OM-2087/G4 para informar sobre alimentos, animales y bienes adquiridos en el exterior. A su vez, se puede encontrar el formulario en las oficinas de la Aduana o en el sitio de AFIP.

Franquicia

Existe una franquicia para ingresar objetos dentro del concepto equipaje (que no sean ropas, objetos de uso personal, libros, folletos y periódicos) por vía fluvial o terrestre. El importe vigente de la franquicia es:

  • Mayores de 16 años hasta USD 300
  • Menores de 16 años: USD 150
  • Sin franquicia en el free shop de llegada

Las franquicias se consideran de forma individual y no se pueden acumular. Asimismo, pueden ser utilizadas en forma conjunta sólo cuando los viajeros conforman un grupo familiar (matrimonios, uniones convivenciales e hijos e hijas menores de 16 años no emancipados). Todos los excesos de franquicia serán alcanzados por el Tributo Único, impuesto que se cobra por el ingreso de mercaderías y la alícuota es del 50% sobre el exceso de la franquicia.