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Neuquén reglamentó la Ley de Etiquetado Frontal

Neuquén se convirtió en la primera provincia en reglamentar la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable.

De esta manera, el territorio neuquino se convirtió en la primera provincia en reglamentar dicha ley, y a partir de la misma el Ministerio de Salud local pasará a ser la autoridad de aplicación. En este sentido, la institución trabajará de manera articulada con otros organismos competentes en la fiscalización, promoción y concreción de acciones.

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El gobernador de Neuquén, Omar Gutiérrez junto a la ministra de Salud, Andrea Peve.

El gobernador de Neuquén, Omar Gutiérrez junto a la ministra de Salud, Andrea Peve.

El Gobierno provincial sostuvo que "estas normativas permiten incorporar herramientas para velar por el derecho a la salud de la población, vinculado a la alimentación, mediante el fortalecimiento de acciones que promuevan los beneficios de la alimentación saludable".

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Además, "la sensibilización sobre los riesgos del consumo de algunos alimentos y la fiscalización de la información al consumidor en las etiquetas frontales de los productos alimenticios y bebidas sin alcohol envasados en ausencia del cliente".

WEB-Neuquén y la Ley de Promoción de Alimentación Saludable.jpg

Ley de Etiquetado Frontal

Es una de las acciones enmarcadas en la Ley N°27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, y tiene como objetivo principal la promoción de elecciones saludables, identificando alimentos con alto contenido calórico y bajo valor nutricional de manera rápida y sencilla.

De esta manera, tiene como meta brindar información precisa de los productos que la población consume para poder optar por una alimentación saludable. Según la ley, "los alimentos envasados y bebidas no alcohólicas que presenten excesos en azúcares, grasas totales, grasas saturadas, sodio o calorías, deberán llevar en su parte frontal una etiqueta octogonal de color negro cuando alguno de estos nutrientes críticos supere un umbral de exceso".

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En el marco del trabajo articulado y colectivo, se le otorga a la cartera sanitaria provincial la facultad de coordinar con los organismos de control municipales, provinciales y nacionales la fiscalización y supervisión de la implementación de la Ley Nacional 27.642 y su decreto reglamentario.

En este punto, desde el Gobierno provincial indicaron que se estipula la realización de convenios con el Ministerio de Gobierno y Educación para promover la inclusión de actividades didácticas en los establecimientos educativos, y otras políticas con el fin de concientizar y enseñar sobre la ley.