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Los concejales imputados de Angostura sufren otro revés judicial en su contra: cómo sigue la causa

Nuevo revés para los concejales de Villa La Angostura: el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén declaró ahora la inadmisibilidad del recurso extraordinario federal que los abogados del Concejo Deliberante habían presentado para que la Corte Suprema revisara la sentencia del TSJ.

En el fallo emitido el pasado 10 de junio, al que tuvo accedo Diario 7 Lagos, el Tribunal tuvo en cuenta el dictamen del fiscal general José Ignacio Geréz, quien desestimo en un primer momento el recurso extraordinario presentado por los concejales.

En aquella sentencia, los ediles de Villa La Angostura en ejercicio: David Alberto Tressens Ripoll, Marta Noemi Cicconi, Maria Eugenia Mesa, Walter Luis Espíndola, Ruth Melisa Salamanca, Agustina Vaca Arenaza y Sergio Javier Troche (quien ya renunció a su banca) habían recibido la decisión del Tribunal de rechazar el planteo de competencia por inhibitoria del Juez Procesal Administrativo de Zapala, Matías Nicolini, quien había dictado una medida cautelar en enero pasado para suspender el proceso de juicio político al exsecretario de Economía municipal Daniel Brito.

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En este nuevo fallo, Busamia, presidente del TSJ, manifiesta que, en relación a la decisión recurrida de rechazar el planteo de inhibitoria, “la Corte Suprema tiene dicho que resultan equiparables a sentencia definitiva los pronunciamientos que generan un agravio de imposible o muy difícil reparación ulterior”.

“A mayor abundamiento y en lo referente al supuesto de arbitrariedad invocado, cabe destacar que los planteos de la recurrente (por el Concejo Deliberante) –ya abordados en el pronunciamiento ahora atacado-, no hacen más que discrepar con el argumento allí dado por el Tribunal. Ergo, no se evidencia que se refuten todos y cada uno de los fundamentos independientes que dan sustento a la decisión apelada en relación con las cuestiones federales planteadas”, explicita Busamia.

Y continúa: “En resumidas palabras, la recurrente (por el HCD) insiste en que la causa donde se inscribió el pedido de inhibitoria formulado por su parte –es decir, en la acción iniciada por el Secretario de Economía de la Comuna ante el Juzgado Procesal Administrativo con asiento de funciones en la Ciudad de Zapala- es un “conflicto de poderes”. Sin embargo, no se ocupa de las razones desarrolladas en la decisión cuestionada con arreglo a las cuales se concluyó que dicho proceso no traduce materia propia del “Conflicto Interno Municipal” cuyo conocimiento compete a este Tribunal en instancia originaria (…)”.

En paralelo, Busamia recordó que “la doctrina de la arbitrariedad” contemplada por Corte Suprema “no tiene por objeto corregir en tercera instancia sentencias equivocadas o que se estimen tales según las divergencias del recurrente con la inteligencia de preceptos que no exceden el marco del derecho común o con la apreciación de los hechos y pruebas del proceso”.

Sino que, por el contrario, “sólo admite los supuestos de desaciertos y omisiones de gravedad extrema, a causa de los cuales los pronunciamientos no pueden adquirir validez jurisdiccional”.

De esta manera, el Presidente del TSJ concluye que “corresponde declarar inadmisible el recurso extraordinario federal” presentado por el Concejo Deliberante de Villa La Angostura.

La causa penal contra los Concejales

Esta última decisión implica al mismo tiempo una segunda negativa por parte de la Justicia a los Concejales, quienes cursan actualmente una causa penal por el delito de desobediencia a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones, en carácter de coautores (artículos 239 y 45 del Código Penal), mientras que el presidente del cuerpo, David Alberto Tressens Ripoll, también se le formularon cargos por incumplimiento de los deberes de funcionario público, en calidad de autor (artículos 249 y 55 del Código Penal).

La teoría del caso planteada por la fiscalía es que el 15 de enero, a las 07:59, avanzaron en la realización de la sesión del cuerpo, cuando el juez en lo Contencioso Administrativo de Zapala, Matías Nicolini, había dictado una medida cautelar ordenando que la suspendan.