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Legisladores promueven crear una Zona Franca Industrial y Comercial en Bariloche

Tres legisladores de la zona Andina propusieron que la provincia de Río Negro otorgue prioridad a la creación de una Zona Franca Industrial y Comercial en Bariloche, de acuerdo con normas nacionales y provinciales y el Código Aduanero. Si es aprobado el correspondiente proyecto de ley, se llamará Zona Franca Bariloche.

La iniciativa, impulsada por los legisladores María Eugenia Martini, Ramón Chiocconi y Alejandro Ramos Mejía, del bloque Frente de Todos, busca establecer que los objetivos de la Zona Franca Bariloche son: el impulso del comercio y la actividad industrial, por medio del aumento de la competitividad y reducción de costos derivados de dichas actividades; el fomento de las inversiones en la zona; y la creación de nuevos fuentes laborales.

En la Zona Franca Bariloche la mercadería no estará sometida al control habitual del servicio aduanero y su introducción y extracción no se encuentren gravadas con el pago de tributos, salvo las tasas retributivas de servicios que se establezcan, ni alcanzadas por prohibiciones de carácter económico, conforme las disposiciones de la Ley Nº 22.415 y su decreto reglamentario, aclararon los legisladores en el proyecto que presentaron.

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En la Zona Franca Bariloche se podrán desarrollar actividades de almacenaje, comerciales, de servicios e industriales o cualquier otra acción contemplada en el Código Aduanero y ser introducidos al Territorio Aduanero General los bienes de capital que no registren antecedentes de producción en dicho territorio y que se fabriquen en la Zona Franca Bariloche. A los fines de su nacionalización, recibirán el tratamiento establecido en el Régimen de Importaciones de la Nomenclatura Común del Mercosur.

Además, se destinará desde la Zona Franca Bariloche al Territorio Aduanero General la totalidad de la producción anual de un mismo producto, elaborado por los usuarios de la misma,y que dé cumplimiento a las normas de origen MERCOSUR. Similar tratamiento recibirán los casos de producción conjunta o la existencia de subproductos, derivados o desperdicios con valor.

En un párrafo de las extensas fundamentaciones, los legisladores explicaron que “las zonas francas argentinas son predios cercados donde no está permitido habitar ni vender al por menor sin autorización especial del Poder Ejecutivo, ni consumir mercaderías, excepto cuando ello resulte propio de la actividad de la zona franca, o para sus trabajadores. Excepcionalmente, se permite en las zonas francas fabricar bienes de capital que no registren antecedentes de producción en el territorio aduanero general ni en el área aduanera especial, a fin de admitir su importación a ese territorio, los cuales deben estar en el listado confeccionado por la autoridad de aplicación”.

Agregaron: “La única excepción de zona franca de La Pampa, en General Pico, donde los productos allí elaborados pueden comercializarse libremente en el resto del país. Las estadísticas internacionales muestran que las zonas francas, con una normativa más adecuada, pueden jugar un rol mucho más relevante en las exportaciones de bienes y servicios de lo que ocurre en la Argentina”.

Concluyeron que “la Zona Franca Bariloche contribuirá al desenvolvimiento del Corredor Bioceánico, que plantea un Sistema de Integración y Desarrollo para importantes espacios geográficos entre Chile y Argentina, ambos países en el Norte de la Patagonia, como elemento potenciador de actividades productivas, económicas y sociales en su área de influencia”.


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