Así lo determinó este sábado y por el término de 72 horas el intendente Carlos Corazini a través de un decreto que rubricó.
La localidad presenta dos casos positivos de coronavirus, sobre uno de los cuales no se ha podido establecer el nexo epidemiológico.
Textuales del decreto:
ARTÍCULO 01º): DISPÓNGASE y COMUNÍQUESE a la población residente y no residente de la localidad de Junin de los Andes que a partir de la publicación de la presente, se determina regresar a Fase 1 por el termino de SETENTA Y DOS HORAS , ante los considerandos expresados precedentemente.————–
ARTICULO 02º: ESTABLÉZCASE y DISPÓNGASE, lo siguiente:
a) Se RESTRINGE EL HORARIO DE CIRCULACIÓN DE 8:00 a 20:00 hs
b) Cierre de todos los locales comerciales, EXCEPTO LOS RUBROS ESENCIALES DE ALIMENTOS Y FARMACIAS, en el horario de 08:00 hs a 19:00 hs. Estos últimos deberán realizar atención únicamente por ventanilla.
c) Se dispone el horario de delivery gastronómico hasta las 22:00 hs
d) Se suspenden todas actividades habilitadas hasta la fecha (recreativas, deportivas, sociales, religiosas, etc.)
e) Se suspenden las reuniones Sociales y/o Familiares.
f) Queda exceptuada la circulación minina, solo para el personal esencial.
g) Queda Prohibido la circulación a la Ciudad de San Martin de los Andes, salvo el personal exceptuado presentando el Certificado Único Habilitante para la circulación, acatando las normas preventivas establecidas.
ARTICULO 03º: ADHERIR en todos sus términos al DECRETO PROVINCIAL Nº 1025/20 de fecha 09/09/2020.—————————————————————
ARTICULO 04º: NOTIFICASE: a la POBLACIÓN EN GENERAL que el SERVICIO DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS DEBERÁ TRANSPORTAR UN MÁXIMO DE 25 PASAJEROS y solo realizará dos recorridos a la mañana y dos recorridos a la tarde.—————————
ARTICULO 05º: NOTIFICASE: que la MUNICIPALIDAD DE JUNIN DE LOS ANDES SOLO PRIORIZARA EL SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS.————————————————
ARTICULO 06º: SE INSTA a la POBLACIÓN EN GENERAL acatar las medidas de prevención y distanciamiento Social, “REDUCIENDO EL CONTACTO, SE REDUCIRÁN LAS POSIBILIDADES DE CONTAGIO”.———————————–
ARTICULO 07º: NOTIFICAR: al Concejo Deliberante, al Juzgado de Faltas Municipal, y todas las Instituciones Civiles y Privadas. ———————————–
ARTICULO 08º): DESE amplia difusión escrita y oral. Mediante las formas de estilo publíquese en el Boletín Oficial Municipal en un todo y conforme lo dispuesto por la Carta Orgánica Municipal, Parte Octava, Cláusula complementaria 2, inciso c.———————————————————————–
ARTÍCULO 09°: REFRENDARA la presente el Sr. Vice intendente Municipal Ignacio E. Flores. ————–
ARTICULO 10º): Cumplido, Archívese. ——————————————————-