Los diputados Raúl Podestá (FG) y Alejandro Vidal (UCR) presentaron un proyecto de ley para crear el Servicio Penitenciario Provincial (SPP), que tendrá como misión específica la vigilancia del cumplimiento de las penas y medidas privativas y restrictivas de la libertad impuestas por la justicia, que deban efectuarse en los establecimientos de detención provinciales.
La finalidad es lograr que la persona privada de su libertad adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley, como así también la gravedad de sus actos y de la sanción impuesta, procurando su reinserción social.
El SPP dependerá del Ministerio de Trabajo, Desarrollo Social y Seguridad, y actuará como auxiliar permanente de la justicia provincial. La estructura estará compuesta por la jefatura del SPP, el personal penitenciario que integren las distintas dependencias y las unidades penitenciarias.
La jefatura y subjefatura serán ejercidas por funcionarios civiles que deberán poseer formación penitenciaria con título universitario de carrera afín a la función y serán designados por el Poder Ejecutivo. Las direcciones serán cubiertas mediante concurso de oposición y antecedentes; y el personal penitenciario deberá capacitarse en un Instituto de Formación del Personal Penitenciario.
El proyecto contempla el funcionamiento de un Consejo de Ética que estará integrado por un oficial de la carrera penitenciaria en situación de retiro; un representante del Poder Ejecutivo; un representante del Poder Judicial y un miembro de una ONG de reconocida trayectoria en el área.
A la vez, establece que el sistema penitenciario deberá asegurar y promover el bienestar psicofísico de las personas privadas de su libertad. En ese sentido, plantea la implementación de medidas de prevención, recuperación y rehabilitación de la salud y la especial atención de las condiciones ambientales e higiénicas de los establecimientos. La cantidad de personas condenadas que pueda alojar cada unidad deberá estar preestablecida y no podrá excederse.
La iniciativa dispone que los traslados de un establecimiento a otro deban ser comunicados de inmediato al juez competente. También propone la calificación de la persona condenada por su conducta y el concepto que merezca. La calificación de conducta tendrá valor y efectos para determinar la frecuencia de las visitas y la participación en actividades recreativas. La calificación de concepto, en tanto, servirá de base para la aplicación de la progresividad del régimen, el otorgamiento de salidas transitorias, semi-libertad, libertad condicional, libertad asistida, conmutación de pena e indulto.
El proyecto consta de 141 artículos y establece los marcos de actuación del Estado para lograr un tratamiento humanizado de las personas que se encuentran privadas de su libertad, como así también para trabajos remunerados; capacitaciones; acceso a la educación; asistencia médica, espiritual, social y post-penitenciaria; y relaciones familiares y sociales.
Los autores señalan en los fundamentos que el sistema penitenciario debe atender tres cuestiones fundamentales que hacen al bienestar social: el valor seguridad de la comunidad; el derecho al respeto de la dignidad humana de las personas condenadas y condiciones dignas de trabajo para quienes resguardan su seguridad. Destacan que la propuesta plantea un servicio penitenciario independiente de la policía, como ocurre en otras provincias y otros países, y también subrayan que el enfoque está puesto en las personas privadas de su libertad, sus derechos y deberes, con la intención de lograr su readaptación y reinserción.