La Subsecretaría de Tránsito y Transporte del Municipio informa cómo se modificaron las categorías para otorgar licencias de conducir, de acuerdo a lo determinado por el Ministerio de Transporte de la Nación. No hará falta renovar las licencias ya otorgadas.
Desde esta semana comenzaron a implementarse en Bariloche los cambios en las clases de Licencias de Conducir, a partir del decreto nacional Nº 26/19 que modificó el artículo 16 de la Ley de Tránsito (Nº 24.449). Este decreto plantea la unificación del sistema de licencias de conducir y la creación de nuevos subtipos de registros para ciclomotores, cuatriciclos, camiones y otro tipo de vehículos.
La Subsecretaría de Tránsito y Transporte municipal ya realizó las capacitaciones correspondientes para el cuerpo de inspectores de tránsito.
Por otra parte, aclara a la comunidad que no será necesario que el ciudadano actualice su licencia, ya que la misma tendrá validez hasta la fecha de vencimiento y al momento de su renovación el sistema convalidará las categorías correspondientes.
A continuación, se exponen las modificaciones aplicadas a cada clase:
CLASE A:
Se subdivide en 3 clases, y comprende distintos vehículos:
– A1: incluye ciclomotores y motocicletas
– A2: incluye triciclos y cuatriciclos sin cabina, hasta 300 cc
– A3: incluye triciclos y cuatriciclos cabinados
Estas 3 clases, a su vez, se dividen en subclases, de acuerdo a la potencia.
Por otra parte, la norma incorpora a los vehículos que son a propulsión eléctrica, que no se podrán habilitar para uso comercial.
Para las motos de más de 300 cc, en el caso de los mayores de 21 años se requiere un año de antigüedad en la clase anterior y para los menores de esta edad, dos años.
CLASE B:
Para la obtención de la clase B2 se requiere un año de antigüedad en la clase B1.
CLASE C:
Se subdivide, de acuerdo al peso, en 3 subclases:
– C1: Camiones sin acoplado, ni semiacoplado, ni articulado y vehículos o casas rodantes motorizadas hasta 12.000 kg. Se debe acreditar 1 año de antigüedad en B1
– C2: Camiones sin acoplado, ni semiacoplado, ni articulado y vehículos o casas rodantes motorizadas hasta 24000 kg. Se debe acreditar 1 año de antigüedad en B1
– C3: Camiones sin acoplado, ni semiacoplado, ni articulado y vehículos o casas rodantes motorizadas de más de 24000 kg. Se debe acreditar 1 año de antigüedad en B1
CLASE D:
Se subdivide, teniendo en cuenta la cantidad de pasajeros, en 3 subclases:
– D1: Automotores para el servicio de transporte de pasajeros hasta 8 plazas. Se debe acreditar 1 año de antigüedad en B1
– D2: Automotores para el servicio de transporte de pasajeros hasta 20 plazas. Se debe acreditar 1 año de antigüedad en B1
– D3: Automotores para el servicio de transporte de pasajeros de más de 20 plazas. Se debe acreditar 1 año de antigüedad en B1
– D4: Servicio de urgencias, emergencias y similares. Se debe acreditar 1 año de antigüedad en B1
CLASE E:
Incorpora a camiones con más de un articulado y elimina la licencia subclase E3 para “Mercancías peligrosas”, ya que la misma se regula mediante la Ley 24.051.
CLASE F:
Incorpora la posibilidad de que acompañe a todas las clases de licencias, siempre que el vehículo pueda admitir la adaptación correspondiente.
CLASE G:
Incorpora una nueva subclase: “Tren Agrícola”.