Dos hombres fueron acusados ayer por delitos de violencia en contra de dos mujeres en las localidades de Chos Malal y Piedra del Águila.
La primera formulación de cargos se hizo durante una audiencia en Villa la Angostura. El fiscal del caso Adrián de Lillo acusó a P. A. V por un hecho ocurrido el 2 de marzo de 2019, alrededor de las 23, en Piedra del Águila.
El acusado fue hasta la casa de la madre de su hija, y mantuvieron una discusión luego de que la mujer le planteara que quería terminar la relación. Después le dio golpes de puño y patadas y la amenazó, provocándoles traumatismos y la fractura en una mano, entre otras heridas.
El fiscal del caso planteó además que el imputado violó una orden judicial que le impedía efectuar cualquier tipo de acto de violencia física sobre ella.
El delito que se le imputó fue lesiones graves calificadas por cometerse contra el cónyuge y mediando violencia de género (artículos 92 en función del 80 inciso 1 y 11 del Código Penal); amenazas (artículo 149 bis), los cuales concurren en forma real (artículo 55), en calidad de autor (artículo 45). También desobediencia de una orden judicial (artículo 239) dos hechos, en concurso ideal (artículo 54) en calidad de autor (artículo 45).
El fiscal del caso solicitó que se prolonguen las medidas de prohibición de aproximación a la mujer en un radio inferior a los 100 metros y de realizar cualquier acto de intimidación o perturbación por un plazo de tres meses.
Tanto la formulación de cargos como la medida de coerción fue avalada por el juez de garantías que dirigió la audiencia.
En tanto en Chos Malal, la asistente letrada del Ministerio Público Fiscal Natalia Rivera, formuló cargos a K. P. S por un hecho ocurrido el 5 de abril de 2019, alrededor de las 5 de la madruga.
Planteó que de acuerdo a la investigación en marcha, el hecho ocurrió en una vivienda donde estaba con una mujer, con la que tiene una relación de muchos años con intervalos en los que estuvieron separados, el acusado mantuvo una discusión con ella. Luego, la golpeó en el rostro y la frente, provocándole lesiones y la sacó en forma violenta hacia la calle. En ese momento, otro hombre intervino para frenar la situación, y la mujer escapó.
El delito que le imputaron fue autor de lesiones leves agravadas por el vínculo en contexto de violencia de género (artículo 89 en función del 92 y 45 del Código Penal).
El hombre, tiene actualmente una prohibición de acercamiento y de mantener comunicación con la mujer.
El juez que dirigió la audiencia avaló la acusación y fijó el plazo de investigación en cuatro meses.