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Siete modificaciones que proponen para regular los food truck en San Martín

En el Concejo Deliberante de San Martín de Los Andes se está tratando un proyecto que busca cambiar la regulación de los food truck, impulsando la creación del “Parque de Vehículos Gastronómicos” que funcionaría en la Costanera del Lago Lacar. Diario 7 Lagos accedió al poryecto de ordenanza que despierta difernetes opiniones entre los concejales y te cuenta cuáles son las 7 modificaciones que se proponen.

Cabe destacar que estas moficaciones deberán ser aporbados por el cuerpo legislativo local para su aplicación, se trata de cambiar algunos puntos de la normativa  regulatoria que se sancionó hace pocos años.

Este proyecto de la Secretaría de Planificación y Desarrollo Sustentable, el Consejo de Planificación Estratégica (COPE) y la Secretaría de Turismo, propone los siguientes 7 cambios:

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Lugares habilitados

En el artículo en disucsión se propone que se permita que los vehículos gastronómicos funcionen en Plaza Sarmiento, Plaza Fito Taberna, Rotonda El Arenal, Playa Bonita, y también en la Costanera del Lago Lacar.

Evaluación y actualización del lugar de funcionamiento de los food truck cada año

“La Autoridad de Aplicación evaluará anualmente el funcionamiento y condiciones de localización del parque creado por el artículo 11° de la presente (Costanera Lago Lacar) y el de las demás locaciones que se pudieren haber determinado con la participación de los titulares de licencia comercial de los vehículos gastronómicos”, sostiene de manera textual la modificación del artículo N°6.

De esta decisión pueden participar cámaras y asociaciones vinculadas a la actividad turística y comercial.

Parque de Vehículos Gastronómicos

Acá se propone que se asigne “el funcionamiento del Parque de Vehículos Gastronómicos la calle pública de la costanera del lago Lacar ubicada entre la Avenida San Martín y la calle Teniente General Roca”. La continuidad del emplazamiento quedará dispuesto según la autoridad de aplicación.

Canon

El artículo propone: “El titular del vehículo gastronómico habilitado, deberá abonar el canon por uso del espacio público, establecido por la Ordenanza Tarifaria, para el rubro “servicio de expendio de comidas y bebidas en vehículos gastronómicos” y el costo de la conexión al servicio eléctrico.“

Autoridad de aplicación

Proponen que sea la autoridad de aplicación la encargada de llevar adelante la regulación de estos carros food truck.

Contravenciones y sanciones

Se describe una serie de sanciones que tienen 5 mil puntos las contravenciones a lo normado por la presente ordenanza.

Protocolo de uso del parque de vehículos gastronómicos

En este artículo se refieren directamente a que la autoridad de aplicación tendrá un plazo para uso de parques de vehículos: “La Autoridad de Aplicación en conjunto con la Secretaría de Planificación y Desarrollo Sustentable, en un plazo no mayor a diez (10) días contados a partir de su promulgación, elaborará un protocolo reglamentario con las normas de uso del parque de vehículos gastronómicos”.