Esta semana un grupo de padres auto convocados comenzaron a manifestar la falta de vacantes para los alumnos que ingresan a la sala de 4 años en las escuelas públicas de Villa La Angostura. Si bien desde el Nivel inicial sostienen que recién este viernes se cierran las incorporaciones y se tendrá el numero final de chicos que quedarán en lista de espera, los padres sostienen que no hay estructura en el ámbito estatal para sostener la demanda que rondaría unos 40 niños.
En Angostura, padres reclaman por vacantes para que sus hijos puedan comenzar la Sala de 4
“Lo que estamos reclamando es la falta de vacantes que hay en los dos jardines estatales, en el Jardín Frutillitas y en el Jardín 57, en este momento hay entre 30 y 40 chicos en lista de espera”, señala Julia mamá de una nena de 4 años a Diario 7 Lagos.
“Reclamamos a raíz de que en el año 2014 se promulgó la Ley para la obligatoriedad de la sala de 4 años, los padres señalan que esta Ley no se estaría cumpliendo. No hay vacantes, por más que el 57 está llamando a la lista de espera de Sala de 4 porque había algunas vacantes en sala de 5 y las iban a tomar como para poder abrir una sala extra, eso por parte del 57, ahora el jardín Frutillitas iban a llamar a los que quedaban en lista de espera, pero no lo saben a ciencia cierta tampoco”, explica.
“No van a entrar toda la cantidad de chicos que actualmente están en lista de espera, no hay infraestructura para hacerlo”, sostienen los padres quienes se congregan además en un grupo de Facebook (Padres Auto Convocados Villa La Angostura) donde organizan sus próximas acciones.
“Los chicos no pueden quedar fuera del sistema educativo”, es el reclamo generalizado y confirmaron que ya enviaron una carta a la Ministra de Educación , Cristina Storioni: “El Concejo de Educación es el que tiene que intervenir, están arrollando un derecho de los niños”
Los padres aseguraron que recurrirán al Defensor de los Derechos de los niños, “si hace falta también vamos a pedir un recurso de amparo”
Desde el Ejecutivo municipal, el próximo viernes, el Intendente Caruso y el Viceintendente Bueno Barbagelata recibirán a los padres que reclaman por un espacio para sus chicos en el sistema educativo; si bien no es competencia municipal, sino de Provincia el sistema educativo, cabe destacar que el Gobierno municipal siempre se ha mostrado sensible a estos temas desde el inicio de la gestión cuando aun estaba si espacio físico la Escuela 361.
Los padres además solicitaron el apoyo de las autoridades educativas de la localidad: “Pedimos que los docentes y directivos se hagan presentes como educadores, que esté presente el apoyo de ellos”
Andrea, otra mamá, dio su testimonio: “Estoy desesperada por la situación que estamos viviendo por la falta de lugar para el nivel inicial de nuestros hijos. La sala debería ser gratuita, muchos papás no estamos en condiciones de ir a una escuela privada, los chicos tienen derecho a una educación gratuita. Estamos muy preocupados por la situación”
Desde el Jardín 57, su directora Paula Gómez, precisó: “Más allá de la no exigencia de la obligatoriedad, como hay en otras jurisdicciones del país, en otras provincias, hay un espíritu claro de toda la gente que trabajamos en Nivel Inicial para que la escolaridad de los chicos sea cada vez más temprana. Por lo tanto y más allá de que no sea obligatorio, se va a tratar de hacer todo lo posible para poder incorporar a la cantidad de chicos que nos entren en las salas que están”
Qué dice la Ley
Si bien la Ley 2945 promulgada en el año 2014 establece en el Artículo 31 la obligatoriedad a partir de los 4 años de edad para el Nivel Inicial, instrumenta un plazo de 5 años para hacerlo.
Los Artículos en cuestión:
Artículo 31: La Educación Inicial constituye una unidad pedagógica a los fines curriculares. Es el primer nivel educativo del Sistema formal que garantiza la temprana atención educativa a niñas y niños, desde los cuarenta y cinco (45) días hasta los cinco (5) años de edad inclusive. Es obligatorio a partir de los cuatro (4) años de edad. Define diseños curriculares propios, articulados con el Nivel Primario y modalidades del Sistema Educativo Provincial.
Artículo 106 La promoción de acciones para cumplimentar la obligatoriedad de la sala de Nivel Inicial de cuatro (4) años debe instrumentarse en un plazo de cinco (5) años, a partir de la sanción de la presente Ley. A tales efectos, el Consejo Provincial de Educación debe presentar, ante el Poder Ejecutivo provincial, la planificación plurianual correspondiente.