El Concejo Deliberante de Villa La Angostura eligió hace algunas semanas a Sara Caputo para ocupar el rol de Defensora del Pueblo, un área clave que se llevará adelante por primera vez en la localidad.
Defensora del Pueblo de Villa La Angostura pide prórroga
La vecina Sara Caputo fue elegida como Defensora del Pueblo y solicitó prorrogar su juramento por una situación personal impostergable.
Caputo ganó la elección por parte de los ediles con un total de cinco votos (elegida por los concejales Agustina Vaca Arenaza, Marta Cicconi, Walter Espindola, Melisa Salamanca y David Tressens), siendo los dos concejales del Bloque Frente de Todos, los únicos que se abstuvieron de votar.
La jura de Caputo debía realizarse durante el mes de agosto, sin embargo pidió a los integrantes del concejo deliberante trasladar el inicio de sus funciones para septiembre: "En relación a la fecha de mi juramento y puesta en funciones, quiero compartirle que tengo agendado, previo a mi designación, un viaje a Buenos Aires en la segunda quincena de agosto para acompañar a mi hija menor, María Cecilia, que dará a luz a su primer hija en esa fecha. Les ruego encarecidamente que, en virtud de esta situación inamovible, traslademos la fecha de inicio de mis funciones a la semana entre el 5 y el 9 de septiembre", señala el escrito ingresado al recinto.
En el mismo escrito, Caputo explica que, en virtud de las incompatibilidades prevista para este nuevo rol de Defensora del Pueblo ha dejado de lado algunas de sus actividades profesionales: "ya no represento legalmente a la Escuela Don Jaime De Nevares ni a la Asociación Cultural Virgen Niña. He renunciado también como apoderada de Art Building SRL para su emprendimiento Savia Madre en Villa La Angostura. He conservado el cargo de tutora en Introducción al Pensamiento Científico en el programa de UBAXXI, entendiendo que la docencia está excluida de las incompatibilidades según la Ley 24.284 que instituye la Defensoría del Pueblo a nivel nacional"
La figura del Defensor del Pueblo asume la defensa y protección de los derechos comunitarios y los derechos difusos, el control de la eficiencia de los servicios públicos y demás asuntos que merezcan la protección de los habitantes del municipio.
Dentro de su competencia, se encuentra la defensa de los derechos mediante el ejercicio de las acciones de amparo, habeas corpus, habeas data, garantías de participación ciudadana y otras acciones de similar naturaleza, además de las acciones de inconstitucionalidad de las leyes y ordenanzas.