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Villa La Angostura: ordenanza para quedar con 7 concejales

Mediante una ordenanza, Villa La Angostura finalmente tendrá siete concejales, en lugar de nueve. Entérate toda la información, a continuación.

Este viernes 4 de agosto, una ordenanza señaló que Villa La Angostura deberá quedarse con siete concejales en las Elecciones Municipales. Si bien se esperaba que por los datos del Censo subieran a nueve funcionarios en esos puestos, finalmente no habrá modificaciones. Cabe resaltar que esto se dictó en el Expediente N° 275-DEM-15, el Decreto Municipal N° 2275/2023 “LLAMADO A ELECCIONES MUNICIPALES 2023”, el Decreto Nacional N° 237/2023 “ELECCIONES NACIONALES” y la Carta Orgánica Municipal.

Meses atrás, fuentes del Cuerpo Legislativo dialogaron con Diario 7 Lagos y reconocieron que "de haber un incremento en la población, se suman 2 concejales por cada 10 mil habitantes". El último Censo oficial en Argentina había sido en el año 2010 y reflejó en ese entonces que Villa La Angostura tenía poco más de 11 mil habitantes. Esto quiere decir que si la población superaba las 21 mil personas en el nuevo, tal como se estima debido al crecimiento poblacional de la localidad, deberían sumarse dos nuevos funcionarios al cuerpo Legislativo.

Tras varios meses de espera, finalmente el INDEC (Instituto Nacional de Estadística y Censos) dio a conocer los primeros datos del Censo 2022, el cual se realizó el 18 de mayo del año pasado. En total, el territorio argentino tiene 46.044.703 habitantes (51,76% mujeres, 48,22% varones y 0,02% ninguna de las anteriores), y 17.805.711 viviendas en todo el país (17.780.210 particulares y 25.501 colectivas).

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Sin embargo, para continuar con los datos estadísticos, el departamento de los Lagos, que contiene Villa La Angostura, Villa Traful y el paraje Cuyín Manzano, suma 15.509 personas (7.740 mujeres, 7.769 hombres); Aluminé 10.457 (5.237 mujeres, 5.216 hombres y 4 no binario); Minas 9.206 (4.492 mujeres, 4.713 hombres y 1 no binario); Picunches 8.531 personas (4.326 mujeres y 4.205 hombres).

Lo que dice la ordenanza

ARTÍCULO 1º: CONVÓQUESE al electorado de Villa La Angostura a elecciones Municipales para el día 22 de Octubre de 2023, para la elección de Intendente, Viceintendente, Siete (7) Concejales Titulares y Concejales Suplentes iguales a la mitad del número de titulares, que asumirán a partir del día 10 de Diciembre de 2023.

ARTÍCULO 2º: ESTABLÉZCASE que los comicios se realizarán en simultaneidad con las Elecciones Nacionales, debiendo la boleta para el voto de los candidatos Municipales ir por separado y diferenciada de las del Orden Nacional.

ARTÍCULO 3°: COMUNÍQUESE a la Junta Electoral Provincial con los fines de tomar las vías de intervención para las presentes elecciones.

ARTÍCULO 4°: PASE al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Comuníquese. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.

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