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Angostura: Más detalles de los foodtrucks en el verano 2022

Los foodtrucks en Villa La Angostura comenzarán a funcionar este verano con altas expectativas en materia gastronómica y turística.

Tras la aprobación por parte del Concejo Deliberante para el funcionamiento de Foodtrucks este verano en Villa La Angostura bajo la ordenanza N° 3879, Diario 7 Lagos accedió a la normativa en donde se especifican mayores regulaciones sobre este tipo de vehículos gastronómicos: ¿Qué productos deberán ofrecer?, ¿Cómo se controlará su actividad?, ¿Bajo que condiciones podrán funcionar?

Expectativas turísticas y gastronómicas

El desarrollo de footrucks podrá establecerse en espacios públicos o privados. "Dicha oferta gastronómica aportara un nuevo elemento para que los Turistas y los residentes disfruten la gastronomía local en un lugar no tradicional", coinciden los ediles de Villa La Angostura, y definen a este tipo de carritos como "atractivos para disfrutar una comida de paso".

En paralelo, los concejales consideraron que su aprobación "potenciará a los productores locales fomentando el uso de sus productos en los carros y mejorando su economía". En tanto, describieron además que a través de esta ordenanza "se promueve la gastronomía sustentable o con conciencia en el medio ambiente",

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"Creemos que esta nueva modalidad tan difundida en otras localidades y ciudades de nuestra Provincia y del resto de la República Argentina, aporta y no afecta a los emprendimientos locales ya instalados dado que la modalidad de Carrito Gastronómico no viene a reemplazar el establecimiento gastronómico tradicional", entienden.

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Regulación de foodtrucks en Villa la Angostura.

Regulación de foodtrucks en Villa la Angostura.

Foco en la sustentabilidad

En esta línea, establecieron que los “Food truck” deberán seguir los lineamientos de áreas protegidas de Parque Nacionales (GIRSAP) y el Código GIRSU local Ordenanza N° 37770/20. La primera regula las actividades dentro del Parque Nacional para lograr preservar y cuidar el ambiente en referencia a los residuos, mientras que la segunda lo hace para el Municipio.

Además, continúa la prohibición del uso de plásticos de un solo uso y bolsas de polietileno, siendo estos reemplazados por recipientes compostables o reutilizables.

En paralelo, las bebidas en botellas de PET o vidrio que resulten de desechos de los productos expendidos en cada “Food truck” de Villa La Angostura, deberán ser llevados por los propietarios o responsables de la licencia a los eco puntos establecidos. Sera obligatorio el uso de envases únicos o compostables para el expendio de bebidas para que puedan reutilizarse.

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Cómo lograrán la habilitación

Los “Vehículos Gastronómicos” que estarán habilitados para funcionar serán aquellos que se encuentran adaptados con los equipos necesarios con el objetivo de realizar la preparación de la comida en el acto.

De esta manera, solo se otorgará un único permiso de habilitación por persona física o jurídica, el cual es intransferible. Además, todas las personas que se encuentren dentro del vehículo gastronómico deberán poseer certificado de aprobación del curso de manipulación de alimentos.

Cómo se aclaró en el adelanto de la aprobación, el permiso o habilitación tendrá una duración de 2 años, pudiéndose renovar dentro del plazo de 60 días antes de la finalización del mismo, caducando de forma automática en caso de no presentarse la solicitud en el plazo mencionado.

La asignación de espacios públicos y la cantidad de vehículos a ocuparlos será autorizado por la Secretaria de Planeamiento, infraestructura, medio Ambiente y Fiscalizaciones, la Secretaria de Turismo, y la Dirección de Comercio u organismos que lo reemplacé en el futuro, priorizando el Balneario de Puerto Manzano y Costanera del Correntoso.

Cada vehículo gastronómico en Villa La Angostura pagará un canon por el espacio público a utilizar y deberá cumplir con las condiciones de higiene estrictamente establecidas. En eventos tales como Fiesta de los Jardines, Motocross, eventos gastronómicos, además de la habilitación, para todas las Organizaciones sin fines de lucro se les fijará una bonificación del canon establecido con respecto a los puestos provistos por la Municipalidad no menor al 50%.

Oferta gastronómica de los foodtrucks

  • Alimentos y bebidas aptos para el consumo por personas diabéticas
  • Alimentos y bebidas bajos en sodio
  • Frutas y verduras.
  • Alimentos y bebidas para celiacos sin Tacc, conforme Ordenanza N° 3654/20
  • Deberá priorizarse la venta de comida que pueda ser consumida en envases compostables o reutilizables, en caso que sea necesario expender alimentos en recipientes.
  • Estará permitida la venta de alimentos de producción dentro del rubro habilitado.