El próximo viernes 15 de octubre vence el plazo para presentar la documentación correspondiente a la postulación para asumir el cargo de Defensor del Pueblo de Villa La Angostura, según informó el Concejo Deliberante local.
Angostura: Inscripción para Defensor del Pueblo
Los interesados a ocupar el puesto de Defensor del Pueblo en Villa La Angostura tienen tiempo, en principio, hasta el 15 de octubre para postularse.
Según pudo averiguar Diario 7 Lagos, hasta el momento son tres los ciudadanos de Villa La Angostura que han presentado sus papeles y la totalidad de la documentación para postularse al puesto de Defensor del Pueblo.
Mediante la Resolución N° 29, se convocó a los ciudadanos interesados a inscribirse en el Registro Especial en la Secretaría Parlamentaria del Concejo Deliberante, ubicado en Boulevard Nahuel Huapi N° 427, de lunes a viernes en el horario de 08:00 a 12:00 hs.
En agosto pasado, este medio accedió al decreto emitido por el Intendente de Villa La Angostura, Fabio Stefani, en donde se establece que "el Defensor del Pueblo es quien asumirá la defensa y protección de los derechos comunitarios y los derechos difusos, el control de la eficiencia de los Servicios Públicos y demás asuntos que merezcan la protección de los habitantes del Municipio".
En cuanto a la forma de designación, el Ejecutivo Municipal expresó que el Defensor del Pueblo será designado previo concurso de antecedentes y oposición, por el voto favorable de los dos tercios del total de los miembros del Cuerpo (...). Una vez que se haya hecho la pre-selección de los candidatos, el Concejo Deliberante (...) podrá llamar a una consulta popular no vinculante".
Desde el Concejo Deliberante confirmaron además a Diario 7 Lagos que hay posibilidades de que se extienda el plazo de convocatoria para aguardar por la presentación de más postulantes, aunque aún no está confirmada oficialmente esta decisión.
Requisitos para postularse
La resolución aprobada establece que los requisitos mínimos exigidos para ser Defensor del Pueblo, de acuerdo a la Ordenanza N°3622/19, son:
- Tener treinta años de edad como mínimo.
- Ser argentino nativo o por opción.
- Tener ciudadanía en ejercicio.
- Tener residencia en Villa la Angostura durante 5 años anteriores inmediatos a la designación, salvo casos de ausencia motivada por servicios a la Nación o a la Provincia, o en organismos internacionales.
- Título secundario.
- Experiencia demostrable en áreas de incumbencia de la función.
Documentación a presentar
- Fotocopia certificada del Documento Nacional de Identidad.
- Certificado de estudios secundarios finalizados (fotocopia certificada).
- Certificado de salud psicofísica (emitido por organismos oficiales).
- Acreditar 5 años en la Localidad de Villa La Angostura.
- Certificado de antecedentes policiales, extendido por la Policía local.
- Certificado de antecedentes ante el Registro Nacional de Reincidencia, tramitado en forma personal.
- No ser deudor fiscal moroso, debiendo acompañar certificados de libre deuda emitidos por la Municipalidad de Villa La Angostura.
- No registrar antecedentes penales por violencia de género.
- No registrar deudas por alimentos.