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La Cámara de Comercio le pidió a la legislatura de la provincia la adhesión a la ley ART

 

 

Fue mediante una nota enviada al Presidente de la Legislatura Rolando Figueroa, para promover la adhesión de la provincia a la Ley 27.348, complementaria de la Ley sobre Riesgos del Trabajo. La Cámara destacó que los beneficios serán mayor celeridad pàra resolver casos,  honorarios y gastos a cargo de aseguradoras, y transparencia a partir de la intervención de Comisiones médicas.

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La Cámara de Comercio de San Martín de los Andes, volvió a solicitar la adhesión a la Ley ART y las regulaciones que la complementan. El pedido fue enviado al presidente de la Legislatura Neuquina, Rolando Figueroa y a los Diputados de la Cámara. Si bien a nivel local, el Ejecutivo Municipal manifestó su adhesión luego de que la intendente Rebolledo viajara a Buenos Aires -hace más de 2 meses-, la Cámara solicitó a la provincia adherirse a esta normativa, que brinda herramientas de transparencia en materia de litigio laboral.

 

Desde la entidad se manifestó: “entendemos que la adhesión no debe quedar sin concreción a nivel provincial, dado lo oneroso e inestable que continúa siendo el escenario actual para las Pymes, las cuales precisan de la conformidad a esta norma para transparentar el sistema de riesgos del trabajo”.

 

Puntualmente, esto surgió a partir de las modificaciones que introdujo el Presidente de la Nación Mauricio Macri en el sistema de las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART) con el objetivo de reducir la litigiosidad por accidentes laborales. A partir de esta modificación, los trabajadores deberán pasar por comisiones médicas antes de recurrir a la Justicia.

 

En este orden, según la Cámara de Comercio sanmartinense, las ventajas serían “la celeridad y sencillez en el procedimiento (resolución del caso en hasta 60 días hábiles); Los honorarios y gastos que se produzcan durante el proceso estarán a cargo de las respectivas aseguradoras de riesgos del trabajo; Obligatoriedad de la intervención de las Comisiones Médicas como instancia administrativa previa”.

 

Además, existe la opción de que si el trabajador no está conforme con lo resuelto por la Comisión Médica Jurisdiccional, el mismo puede recurrir a la Comisión Médica Central, y si tampoco está de acuerdo con la Comisión Central, entonces puede recurrir a la Justicia.

 

Por otra parte, desde la Cámara insisten en considerar el relevamiento que realizó la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, que arrojó como resultado una disminución en un 28,3% de los juicios por accidentes laborales, y que su disminución se asocia directamente con con la entrada en vigencia de esta ley. También destacaron que el tiempo de resolución con las comisiones médicas son notablemente menores a los que tiene los juicios.

 

Por último, y como tarea que le corresponde a los distintos escalafones de la gestión pública, quedará por ver si se tendrá en cuenta el punto de “Autoaseguro Público Provincial”. Este ítem, trata de la creación de un Autoseguro para que las provincias y sus municipios puedan autoasegurar los riesgos de trabajo, en la órbita del empleo público local.