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Código de edificación: Autorizaron cambios en las recovas

El Concejo Deliberante avaló una modificación en el apartado correspondiente a las Recovas a partir de la propuesta del Vecino Jorge Barbagelata que ha sido trabajada por la comisión 3, y compatibilizada con la Ordenanza N° 1713 y el Código de Edificación en su apartado “Recovas”, la que se ha trabajado con la colaboración de la Dirección de Obras Particulares de la Municipalidad.

De esta manera, el punto relativo a Recovas de la ordenanza N°1415/03 “Código de Edificación de Villa la Angostura”, queda de la siguiente manera:

Recovas

FV 790 VERMONT

 

De  las Recovas internas en Emprendimientos Comerciales

 

La construcción de Recovas internas es opcional para todo emprendimiento comercial fuera de las sub áreas R y R1, priorizando el tránsito de personas libre de aguas pluviales.

 

La Recova se podrá construir dentro del retiro de frente.

 

De la Continuidad de las Recovas

 

Se priorizara la continuidad a la Recova con lotes lindantes, si existiese Debiendo respetar la solución constructiva adoptada de la Recova a prolongar: ancho, alto y pendiente.

 

El diseño de la continuidad planteada deberá ser aprobado por el Departamento Ejecutivo Municipal.

 

De los Índices Urbanísticos

 

La pendiente de techo de la Recova, no se computa para el balance de techos.

 

Las superficies de las Recovas resultantes no serán computables para los cálculos de F.O.S y F.O.T. máximos, pero corresponderá abonar el arancel establecido en el Código Tarifario.-

 

De los Usos

 

Si cambia el uso de la construcción de Comercial a Residencial, la Recova deberá demolerse.

 

De las Recovas en la Vía Pública

 

Cuando deba realizarse algún tipo de obra para permitir la construcción de Recovas en el espacio de acera, correspondiente a Emprendimientos Comerciales, el Departamento Ejecutivo Municipal determinará la profundidad de excavación permitida y la posición de elementos estructurales correspondientes.

 

No se permiten Balcones, sobre Recovas en la vía pública.

 

De la Reglamentación de Recovas

 

             Ancho: 2,5 mínimo.

           Altura: 2,30 m, al apoyo de solera.

Pendiente: desde 12º